jueves, 21 de enero de 2016

Mancerópolis / 2

Me ha llamado la atención que la entrega anterior de este blog suscitara dos decenas de comentarios, incluidos varios, provenientes de cuentas falsas, enfocados en ensalzar la labor del doctor Mancera, los cuales fueron denunciados vehementemente por el amable lector Sergio González. Atribuyo la cantidad de comunicaciones, sobre todo, a la preocupación e irritación que el nuevo Reglamento de Tránsito ha causado entre la población.

Otro atento lector, Pablo Gómez, me envió una comunicación que me parece conveniente destacar, porque además de la crítica implícita en su texto, brinda una alternativa al abuso, la cito textualmente:

Mira Andrés: dice la Constitución, formalmente vigente (art. 21), que las multas a los jornaleros, obreros o trabajadores no pueden ser mayores del importe de su jornal o salario de un día. Se trata de la inmensa mayoría de los multados, los cuales no deberían pagar las multas del reglamento de tránsito sino las definidas en la Carta Magna que para eso es magna. La pregunta es ¿cómo hacer valer esta disposición constitucional? Bueno, tiene que hacerse en el procedimiento administrativo de justicia cívica, creo. Cada vez que un obrero o empleado sea mutado, debe ir a reclamar su derecho constitucional. Son tantos que podríamos abrir un organismo dedicado a este asunto y habría colas. ¿No lo crees? Por lo demás si las multas excesivas en materia penal están prohibidas por la Constitución, en materia administrativa también debería ser así y con mucha mayor razón. ¿O no?”

Además, un número insólito de personas me ha buscado para contarme sus cuitas relacionadas con este malhadado reglamento, he seleccionado tres:

1.- Propietario de un automóvil modelo 1978, un compañero me mostró la multa que le impusieron porque, según afirma la autoridad de tránsito de la capital, su vehículo circulaba en una avenida con semáforos a ¡140 kilómetros por hora! “La voy a enmarcar – me dijo socarrón–, porque es como una hazaña gloriosa para mi viejo coche; además, tal vez me sirva si quiero venderlo, jamás imaginé que con casi cuatro décadas el motor de mi carcacha fuera todavía así de potente”.

2.- Tras conversar durante el traslado sobre el reglamento, el conductor de un taxi me pidió que me fijara en que no llevaba el pie sobre el acelerador y aun así su automóvil circulaba a 30 kilómetros por hora únicamente con el funcionamiento neutro del motor, sólo que esto sucedió en una zona donde los discos marcaban un límite de 20 kilómetros por hora, “¿qué hago, señor, dígame?, ¿circulo con el freno puesto? Esto es una estupidez”, remató.

3.- Realmente indignado, un amigo me relató que la madrugada anterior circulaba con su hijo luego de salir de un hospital donde habían internado de urgencia a un familiar, “estábamos realmente consternados, platicábamos sobre la situación e íbamos a una velocidad moderada cuando el flash de la fotomulta nos alumbró”. Con el propósito de que constatara lo que me narraba, pasó por mí al periódico para que a una hora similar de la madrugada transitáramos por calzada de Tlalpan, donde lo habían fotografiado. Metros adelante de Xotepingo divisamos a un individuo al lado de la cámara para acreditar las multas, me pidió insistentemente que me fijara en el velocímetro, marcaba 60 kilómetros por hora, no bien habíamos rebasado el punto cuando accionó el flash, metros adelante estaba un disco que fijaba el límite de velocidad en 80 kilómetros. Golpeó con furia el volante y me soltó: “Esto no es un reglamento, ¡es un asalto!”

Si en este breve lapso he escuchado sinnúmero de quejas sobre arbitrariedades y he sido testigo de tres, imagino el cúmulo que habrán enfrentado los habitantes de la flamante CDMX SA.

PD.- En un letrero colocado en la parte posterior de un automóvil se leía: “Disculpe que circule a esta velocidad, pero no tengo para pagar la multa”.


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