Me
ha
llamado
la atención que la entrega anterior de este blog suscitara
dos decenas de comentarios, incluidos varios, provenientes de cuentas
falsas, enfocados en ensalzar la labor del doctor Mancera, los cuales
fueron denunciados vehementemente por el amable lector Sergio
González. Atribuyo la
cantidad de comunicaciones,
sobre todo, a la preocupación e irritación que el nuevo Reglamento
de Tránsito ha causado
entre la población.
Otro
atento lector, Pablo Gómez, me envió una comunicación que me
parece conveniente destacar, porque además de la crítica implícita
en su texto, brinda una alternativa al abuso, la cito textualmente:
“Mira
Andrés: dice la Constitución, formalmente vigente (art. 21), que
las multas a los jornaleros, obreros o trabajadores no pueden ser
mayores del importe de su jornal o salario de un día. Se
trata de la inmensa mayoría de los multados, los cuales no deberían
pagar las multas del reglamento de tránsito sino las definidas en la
Carta Magna que para eso es magna. La pregunta es ¿cómo hacer valer
esta disposición constitucional? Bueno, tiene que hacerse en el
procedimiento administrativo de justicia cívica, creo. Cada vez que
un obrero o empleado sea mutado, debe ir a reclamar su derecho
constitucional. Son tantos que podríamos abrir un organismo dedicado
a este asunto y habría colas. ¿No lo crees? Por lo demás si las
multas excesivas en materia penal están prohibidas por la
Constitución, en materia administrativa también debería ser así y
con mucha mayor razón. ¿O no?”
Además,
un número insólito
de personas me ha buscado
para contarme sus cuitas relacionadas
con este malhadado
reglamento, he seleccionado tres:
1.-
Propietario de un automóvil
modelo 1978, un
compañero me mostró la
multa que le impusieron porque, según afirma la autoridad de
tránsito de la capital, su vehículo circulaba en una avenida con
semáforos a ¡140 kilómetros por hora! “La voy a enmarcar –
me dijo socarrón–,
porque es como una hazaña gloriosa para mi viejo coche; además, tal
vez me sirva si quiero venderlo, jamás imaginé que con
casi cuatro décadas el
motor de mi carcacha fuera todavía así de potente”.
2.-
Tras conversar durante
el traslado
sobre el reglamento, el conductor de un taxi me pidió que me fijara
en que no llevaba el pie sobre el acelerador y aun así su automóvil
circulaba a 30 kilómetros por hora únicamente con el funcionamiento
neutro del motor, sólo que esto sucedió
en una zona donde los discos marcaban un límite de 20 kilómetros
por hora, “¿qué
hago, señor, dígame?, ¿circulo con el freno puesto? Esto es una
estupidez”, remató.
3.-
Realmente indignado, un amigo me relató que la madrugada anterior
circulaba con su hijo luego de salir de un hospital donde habían
internado de urgencia a un familiar, “estábamos realmente
consternados, platicábamos sobre la
situación e íbamos a una
velocidad moderada cuando el flash
de la fotomulta nos alumbró”. Con
el propósito de que
constatara
lo que me narraba, pasó por mí al periódico para que a una hora
similar de la madrugada transitáramos por calzada de Tlalpan, donde
lo habían fotografiado. Metros
adelante de Xotepingo divisamos a un individuo al lado de la cámara
para acreditar las multas, me pidió insistentemente que me fijara en
el velocímetro, marcaba 60 kilómetros por hora, no bien habíamos
rebasado el punto cuando accionó el flash,
metros adelante estaba un disco que fijaba el límite de velocidad en
80 kilómetros. Golpeó con furia el volante y me soltó: “Esto no
es un reglamento, ¡es un asalto!”
Si
en este breve lapso he escuchado sinnúmero de quejas sobre
arbitrariedades y he sido testigo de tres, imagino el cúmulo que
habrán enfrentado los habitantes de la flamante CDMX SA.
PD.-
En un letrero colocado en la parte posterior de un automóvil se
leía: “Disculpe que circule a esta velocidad, pero no tengo para
pagar la multa”.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario